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jueves, 4 de junio de 2015
miércoles, 12 de noviembre de 2014
CC.OO. apuesta por crear y mantener empleo
El día
20 de octubre se reúne la Mesa General de Negociación, como todos sabéis y cuyo
informativo hemos incluido en nuestro blog puntualmente, en la que se nos
propone la aprobación de un plan de empleo para el personal laboral fijo del
Consorcio/Patronato de Turismo.
Con la
entrada en vigor de la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la
Administración Local (LRSAL), el Consorcio puede disolverse y despedir a los
trabajadores o se les puede integrar en la administración que cumpla ciertos
requisitos, que en este caso es la Diputación.
La
propuesta, es la de integración de los trabajadores en la RPT de la Diputación
con la misma condición que tienen, de
personal laboral, no funcionario, aunque también lo permitiría
la legislación.
Nuestro voto fue favorable, a fin de
garantizar la continuidad de los puestos de trabajo, algo por lo que CC.OO.
lucha continuamente, además de por la creación de otros nuevos.
La
Sección Sindical de CC.OO. en la Diputación no pone en peligro el empleo y los
puestos de trabajo, emitiendo voto contrario ni en este caso, ni en otros
posibles que también se podrían dar como consecuencia de la entrada en vigor de
la LRSAL, por la cual distintos servicios que presta la Diputación, podrían pasar
a la Junta de Castilla y León.
En
esas posibles situaciones votamos favorable a la destrucción de empleo y
mandamos a nuestros compañeros a engrosar las listas del paro?
No sé
si los otros sindicatos, pondrán en riesgo a los compañeros. Comisiones desde
luego no. Negociará y procurará llegar a los acuerdos más convenientes para que
eso no ocurra.
martes, 21 de octubre de 2014
Informativo MGN 20 octubre 2014
Ayer día 20 de octubre,
se reunió la MGN
para tratar el punto del orden del día, “Propuesta de Plan de ordenación de los
RR.HH. del personal laboral fijo del Consorcio/Patronato de Turismo de León”.
Con la entrada en vigor
de la Ley de
Racionalización y Sostenibilidad de la Admón
Local (LRSAL), el consorcio debe disolverse o integrar a sus
trabajadores en la administración que cumpla entre otros requisitos los de
participación financiera en mas del 50%, mayor control en la actividad, mayor
número de habitantes o extensión territorial, etc.
La propuesta de la Diputación ha sido la
de integrar a los trabajadores del consorcio, en la plantilla y RPT, como
Director/Gerente (1) y como Tecnico de Turismo (2), asimilando las categorías a
las ya existentes en la Diputación ,
con las retribuciones correspondientes al personal laboral dentro de la
categoría, para el ejercicio 2014 y que fueron publicadas en BOP.
La legislación de
aplicación a estos trabajadores será de recogida en el E.T., EBEP y Acuerdo de
CC.CC. de trabajo.
Nuestro voto ha sido
favorable a la propuesta a fin de garantizar la continuidad de los puestos de
trabajo, si bien, seguimos manteniendo dudas sobre la situación en la quedan
estos trabajadores respecto al convenio colectivo.
En ruegos y preguntas, CCOO
plantea la inclusión en el orden del día
del cambio voluntario de turnos de día y noche entre los trabajadores de los
centros asistenciales, contestando que la Diputación ha requerido estudio e informe al Jefe
de Servicio de centros.
En este mismo punto,
solicitamos se realice el Plan de Empleo para los 8 cuidadores de ancianos
pendiente.
viernes, 19 de septiembre de 2014
Informativo cambio de turnos
Durante el año 2012 y como consecuencia de la ampliación de la jornada a
los empleados públicos, fue necesario adaptar los horarios para cumplir con el cómputo horario anual.
Esto hizo que en los centros en los que las categorías de Cuidador,
Educador y TAD no hacían los turnos rotatorias de mañana, tarde y noche pasaran
a hacerlos para que los trabajadores no
perdieran días de descanso o hicieran jornadas demasiado prolongadas.
Desde el
Servicio de Atención Especializada,
se da orden a los directores de los centros, de no permitir cambios entre los
trabajadores de turnos de día por turno de noche, permitiéndolo puntualmente
por causa muy justificada.
El viernes pasado, día 12 de septiembre, CC.OO., Susa, se interesa por
estos cambios que se venían haciendo en el centro Nta. Sra. Del Valle, para
confirmar si se hacían de forma puntual o de lo contrario ya se autorizaba
desde el servicio a hacerlos en
cualquier caso, para así permitirlo
también en los otros centros. La respuesta, fue que no había cambios y se
permiten puntualmente y por causa muy justificada.
Parece que en este centro se
venían autorizando los cambios sin justificar la causa y contra orden del Jefe
de Servicio, puesto que a raíz de esta
pregunta, la dirección del centro comunica a los trabajadores que se respetan
los cambios autorizados hasta el momento, pero que no se va a poder realizar
ninguno más, por culpa de los Susa.
CC.OO., Susa, quieren dejar
claro a los trabajadores, que nunca se ha opuesto a la permisibilidad de hacer
cambios de turno entre compañeros, todo lo contrario, siempre y cuando estos
cambios no sean contrarios a ley y cuando previamente se haya publicado el
horario anual recogiendo los correspondientes turnos de mañana, tarde y noche de
cada trabajador, repartidos de modo equitativo.
Si estos cambios se venían autorizando contra orden del jefe de servicio
y con desconocimiento de la dirección del centro, desde luego que ni CC.OO., ni
Susa, somos los responsables de la falta de comunicación y coordinación del
equipo directivo de ese centro.
Hoy nos hemos reunido UGT, CC.OO. y CSI-F, con la Directora y Coordinadora
de Residencia del centro, llegando al acuerdo de que se permitan los cambios
entre turnos de día y noche, una vez publicado el horario completo recogiendo
los turnos de mañana, tarde y noche de forma equitativa de cada trabajador. El
acuerdo queda a la espera de la autorización a estancias más altas.
Informativo septiembre 2014
El día
29 de agosto, se reúne la MGN para tratar los siguientes puntos:
1.- Ejecución de sentencia del TSJ en
relación al sistema de provisión del puesto de Jefe/a de Sección Coordinador/a
del SAM.
Hemos
pedido que se cumpla la sentencia.
2.-Implementación del procedimiento en
relación con los cambios de turno respecto al colectivo de Educador/TAD en
COSAMAI.
Se nos informa
que se dará traslado de la propuesta a efectos de derechos de información y en
su caso consulta al Comité de Empresa, a la junta de personal a efectos de
audiencia así como a las distintas secciones Sindicales a efectos de informe y
audiencia.
Por
nuestra parte, recibida la propuesta solicitando informe, si lo estimamos
oportuno, informaremos negativamente a la propuesta del director del Centro.
3.- Solicitud de Amadeo Gcía., de
modificación del art 20.2 del Acuerdo de CC.CC. de Trabajo, en relación con el
derecho a un día de permiso por traslado de domicilio.
El
diputado de RR.HH. manifiesta que el RD al que se refiere, legisla únicamente
para los empleados de la Junta y no afecta a la Admón. Local.
El día
10 de septiembre, se reúne la Comisión de Formación para acordar la adaptación
de las acciones formativas solicitadas a la AFEDAP.
Se nos
da cuenta de que la subvención solicitada
para realizar los cursos acordados en reunión anterior, que recuerdo
fueron CAP, Ley de racionalización y Sostenibilidad de la Admón. Local,
Nivologia y avalanchas, control de prevención y rescate, Prevención de lesiones
en usuarios y trabajadores, Protocolos de intervención en PCDI, no fue
concedida íntegra, solo alrededor de 10000€.
Se nos
presentan cuatro propuestas, acordando por unanimidad, realizar los cursos del
CAP, Protocolos de Intervención en PCDI y Ley de Racionalización y
Sostenibilidad de la Admón. Local.
Por
nuestra parte, hemos pedido previamente, que se habilite partida presupuestaria
para realizar todos los cursos acordados anteriormente, al no conseguir la
subvención completa, siendo la respuesta negativa y proponemos nuevamente, que
se habilite al menos para el curso de Nivologia, al ser uno de los más
importantes, además sin contratiempos por motivos de plazos para la
justificación o condiciones adecuadas para impartirlo.
Ayer día
17 de septiembre, se convoca de nuevo y con carácter extraordinario a la MGN
para resolver las alegaciones presentadas a la ejecución de auto del TSJ, sobre
el puesto de Arquitecto Coordinador Técnico del SAM, siendo nuestro voto, la
abstención.
lunes, 18 de agosto de 2014
Informativo MGN 17 julio 2014
Ayer día
17 de julio, se reúne la MGN con los puntos del orden del día,
1.-
Alegaciones a la modificación del Acuerdo de CC. CC. de trabajo, sobre la
compensación horaria, publicado en aprobación inicial en el BOP de 13 de mayo
de 2014.
Dando
contestación la Diputación, a las alegaciones presentadas, propone añadir a la
Disposición Transitoria, el párrafo “Respecto
de los servicios extraordinarios a compensar, conforme el párrafo anterior,
cuando el número de días a compensar rebase el límite temporal del 31 de
diciembre de 2014, los empleados públicos que conforme a la normativa legal
establecida en este acuerdo y la de general aplicación, les corresponda dicha
compensación horaria, podrá extender la misma mas allá de dicho periodo”.
Aprobado por unanimidad.
2.-
Ejecución de sentencia, en relación con
el puesto de Arquitecto Coordinador Técnico del SAM.
La Diputación decide sin entrar a
debate, dejarlo sobre la mesa para próxima convocatoria.
martes, 29 de julio de 2014
Informativo sentencia ultraactividad convenio
Una vez
más la justicia nos da la razón, frente a las actuaciones de la Diputación.
Con
fecha 15 de enero de 2014, el juzgado de lo Social nº 2 de León, dictó
sentencia en materia de Conflicto
Colectivo presentado por CC.OO. y UGT.
La Sentencia
estima la demanda, declara vigente y
aplicable el contenido normativo del IV Convenio Colectivo para el personal
laboral de la Diputación de León, en tanto no se produzca la aprobación y
entrada en vigor de un nuevo convenio que lo sustituya.
Contra
esta sentencia, la Diputación interpone recurso de suplicación.
Ahora,
con fecha 23 de julio de 2014, el TSJ dicta sentencia desestimando este
recurso, entendiendo que la regulación de la situación de ultraactividad
regulada en el art. 86.3 del E.T. en el momento de la firma del convenio, no
puede quedar sin efecto por la posterior entrada en vigor de la nueva
normativa, condenando en costas a la Diputación.
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