Una vez
más la justicia nos da la razón, frente a las actuaciones de la Diputación.
Con
fecha 15 de enero de 2014, el juzgado de lo Social nº 2 de León, dictó
sentencia en materia de Conflicto
Colectivo presentado por CC.OO. y UGT.
La Sentencia
estima la demanda, declara vigente y
aplicable el contenido normativo del IV Convenio Colectivo para el personal
laboral de la Diputación de León, en tanto no se produzca la aprobación y
entrada en vigor de un nuevo convenio que lo sustituya.
Contra
esta sentencia, la Diputación interpone recurso de suplicación.
Ahora,
con fecha 23 de julio de 2014, el TSJ dicta sentencia desestimando este
recurso, entendiendo que la regulación de la situación de ultraactividad
regulada en el art. 86.3 del E.T. en el momento de la firma del convenio, no
puede quedar sin efecto por la posterior entrada en vigor de la nueva
normativa, condenando en costas a la Diputación.